domingo, 15 de mayo de 2016

SALARIO MÍNIMO.

                                                               capitulo VI

CONCEPTO DE SALARIO MÍNIMO:
90.- Es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo.



TIPOS DE SALARIOS MÍNIMOS:
91.- Los salarios mínimos podrán ser generales para una o varias áreas geográficas de aplicación, que pueden extenderse a una o más entidades federativas o profesionales, para una rama determinada de la actividad económica o para profesiones, oficios, o trabajos especiales, dentro de una o varias áreas geográficas.

APLICACIÓN DE LOS SALARIOS MÍNIMOS GENERALES:
92.- Los salarios mínimos generales regirán para todos los trabajadores del área o áreas geográficas de aplicación que se determinen, independientemente de las ramas de la actividad económica. profesiones, oficios o trabajos especiales.



APLICACIÓN DE LOS SALARIOS MÍNIMOS PROFESIONALES:
93.- Los salarios mínimos profesionales regirán para todos los trabajadores de las ramas de actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales que se determinen dentro de una o varias áreas geográficas de aplicación.


No hay comentarios:

Publicar un comentario